Artículo 175 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

La capacidad legal para que una persona pueda celebrar un contrato de aprendizaje se determina conforme a las normas establecidas en el capítulo II del título II del Código de Trabajo. Por lo tanto, es necesario revisar esas disposiciones específicas para identificar quiénes están facultados legalmente para participar en este tipo de contrato.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La capacidad para celebrar el contrato de aprendizaje se rige por las disposiciones del capítulo II del título II de este Código.