Artículo 266 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
El trabajo realizado en ferrocarriles, ya sean de propiedad estatal o privada en Honduras, debe cumplir con todas las normas establecidas en el Código de Trabajo. Esta disposición garantiza que los derechos y obligaciones laborales sean uniformes para todos los ferrocarrileros, independientemente de quién sea el propietario de la empresa.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El trabajo en los ferrocarriles de todo el país, sean estos de pertenencia del Estado o de propiedad privada, se regirá por las disposiciones de este Código.