Artículo 303 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

Las empresas petroleras pueden suscribir convenios con la Secretaría de Salud para crear centros de salud mixtos en las zonas donde desarrollan sus operaciones. Estos centros serán responsables de proporcionar servicios de sanidad y asistencia médica a la población de esas regiones conforme a lo establecido en la ley.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las empresas de petróleo pueden celebrar contratos con la Secretaría de Salud para el establecimiento de centros mixtos de salud en las regiones en donde tengan establecidos trabajos y bajo la responsabilidad de tales centros quedarán prestándose los servicios de sanidad y de asistencia de que trata el presente capítulo.