Artículo 319 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

La jornada ordinaria de trabajo se determina por acuerdo entre el empleador y el trabajador, o en su defecto, se aplica la jornada máxima establecida por la ley. Esto significa que las partes tienen libertad para negociar las horas de trabajo, siempre que no excedan el límite legal permitido.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La jornada ordinaria de trabajo es la que convengan las partes, o a falta de convenio la máxima legal.