Artículo 408 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
La incapacidad total permanente es aquella que impide de manera absoluta y definitiva que un trabajador pueda laborar. Esta inhabilitación es permanente, lo que significa que el trabajador no podrá recuperar su capacidad para trabajar en el futuro. Se diferencia de otras incapacidades porque es total, abarcando la imposibilidad completa de ejercer cualquier actividad laboral.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Incapacidad total permanente es la que inhabilita de un modo absoluto y definitivo al trabajador.