Artículo 634 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

La Sección Jurídica está obligada a mantener un registro de todos los asuntos que recibe para análisis y emisión de dictámenes, anotando un resumen de las resoluciones finales en cada caso. Las consultas jurídicas solo pueden realizarse por escrito, prohibiendo las consultas verbales.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La Sección Jurídica llevará un libro en que tomará razón de los asuntos que reciba para su estudio y dictamen, asentando en extracto las resoluciones a que se llegue en cada caso. No se darán consultas verbales.