Artículo 633 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
La Sección Jurídica tiene la facultad de solicitar a los departamentos competentes que le envíen de forma inmediata los documentos y certificaciones de los expedientes que requiera para cumplir con sus funciones. Esta disposición agiliza los procesos administrativos y judiciales al permitir que la Sección Jurídica acceda rápidamente a la información necesaria sin trámites burocráticos innecesarios.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Para facilitar el trabajo encomendado a la Sección Jurídica en el artículo anterior, esta podrá solicitar de las dependencias respectivas el envío inmediato de las constancias y certificaciones de los expedientes que sean necesarias.