Artículo 676 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
Para ser secretario en juzgados o tribunales de trabajo se requiere haber trabajado dos años en un tribunal judicial o haber completado dos años de estudios en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma. El receptor debe cumplir con un año de práctica o estudios aprobados en la misma facultad.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En los juzgados y tribunales de trabajo, el secretario deberá comprobar que ha ejercido el cargo durante dos (2) años en un tribunal judicial, o que ha aprobado dos (2) años por lo menos en la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma; y el receptor, un (1) año de práctica o de estudios aprobados en la misma facultad.