Artículo 698 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
Cuando una demanda se presenta contra dos o más personas y existen varios jueces competentes para conocerla, el demandante tiene el derecho de elegir ante cuál de estos jueces presentará su demanda. Esta facultad de elección permite al actor determinar el tribunal que considere más conveniente para su caso, siempre que ese tribunal tenga competencia legal para conocer del asunto.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Cuando la demanda se dirija simultáneamente contra dos (2) o más personas, y tengan competencia para conocer de ella dos (2) o más jueces, el actor elegirá entre estos.