Artículo 712 del Código del Trabajo de Honduras

En palabras simples

Las personas jurídicas deben comparecer en los procesos judiciales a través de sus representantes, quienes pueden ser designados por la constitución de la entidad, por la ley o por acuerdo de las partes según corresponda. Esto significa que una empresa, asociación u otra entidad legal no puede actuar directamente en juicio, sino que necesita que alguien autorizado las represente ante los tribunales.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las personas jurídicas comparecerán en juicio por medio de sus representantes constitucionales, legales o convencionales, según el caso.