Artículo 808 del Código del Trabajo de Honduras
En palabras simples
La cláusula compromisoria, que es el acuerdo mediante el cual las partes se comprometen a resolver sus conflictos mediante arbitraje, debe estar siempre documentada por escrito. Este documento puede estar incluido en un contrato individual, en un contrato colectivo, en una convención colectiva o en cualquier otro documento que las partes otorguen después, siempre y cuando conste la intención de someter sus diferencias a arbitraje.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La cláusula compromisoria deberá hacerse constar siempre por escrito, bien en el contrato individual, en el contrato colectivo, en la convención colecta, o en cualquier otro documento otorgado posteriormente.