Artículo 166 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

Los funcionarios o empleados públicos que cometan los delitos descritos en los artículos anteriores abusando de su cargo enfrentan prisión de seis a nueve años e inhabilitación para ocupar cargos públicos por diez a quince años. Si concurren circunstancias agravantes según el artículo 165, estas penas se aumentan en una tercera parte.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Responsabilidad de funcionarios o empleados públicos. El funcionario o empleado público que realice alguna de las conductas descritas en los dos (2) artículos anteriores aprovechándose del ejercicio de funciones públicas, debe ser castigado:

Con las penas de prisión de seis (6) a nueve (9) años e inhabilitación especial de cargo u oficio público por tiempo de diez (10) a quince (15) años, en el caso del artículo 164; y,Con las mismas penas aumentadas en un tercio (1/3), si concurriera alguna de las circunstancias previstas en el artículo 165.