Artículo 273 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

El funcionario o empleado público que abusa de su cargo para cometer conductas prohibidas por ley, sin que exista un delito específico, será sancionado con las mismas penas establecidas para esos actos pero aumentadas en dos tercios. Esta responsabilidad agravada se aplica únicamente cuando el abuso de autoridad ocurre fuera de los casos que la ley expresamente permite.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Responsabilidad del funcionario o empleado público. El funcionario o empleado público que valiéndose de su cargo, fuera de los casos permitidos por la ley y sin mediar delito, comete cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, debe ser castigado con las penas previstas en aquellos delitos, incrementadas en dos tercios (2/3).