Artículo 291 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

El empleador o responsable que expone a grave peligro la vida, salud e integridad física de los trabajadores al no proporcionarles las medidas y medios de seguridad e higiene necesarios comete un delito. La pena por este delito es prisión de seis meses a dos años, y se puede aplicar una sanción adicional si el incumplimiento causa lesiones o daños a los trabajadores.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Delito contra la seguridad de los trabajadores. Quien pone en peligro grave la vida o salud y la integridad física de los trabajadores por no facilitarles los medios y medidas de seguridad e higiene necesarios para desarrollar su trabajo, debe ser castigado con la pena de prisión de seis (6) meses a dos (2) años, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponderle por los resultados lesivos causados.