Artículo 34 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

Las penas en Honduras se dividen en tres tipos principales: privativas de libertad, privativas de otros derechos y multa, pudiendo aplicarse como penas principales o accesorias. Las medidas cautelares, las restricciones de derechos civiles y las sanciones administrativas no se consideran penas en sentido legal. La clasificación de las penas se realiza según su naturaleza y duración.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Clasificación de las penas. Las penas que pueden imponerse son privativas de libertad, privativas de otros derechos y multa, ya sea con carácter principal o como accesorias.

No se consideran penas las medidas cautelares, las privaciones de derechos establecidas en las leyes civiles y las sanciones administrativas.

Las penas se clasifican por su naturaleza y por su duración.