Artículo 398 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

Quien accede sin autorización a un sistema informático, eludiendo las medidas de seguridad, será sancionado con prisión de seis a dieciocho meses o multa de cien a doscientos días. Si el acceso no autorizado es a sistemas de infraestructura o servicios esenciales para la comunidad, la pena se incrementa en una tercera parte.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Acceso no autorizado a sistemas informáticos. Debe ser castigado con pena de prisión de seis (6) a dieciocho (18) meses o multa de cien (100) a doscientos (200) días quien, vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, accede sin autorización a todo o en parte de un sistema informático.

La pena del párrafo anterior se debe aumentar en un tercio (1/3) si el sistema al que se accede se refiere a estructuras o servicios esenciales para la comunidad.