Artículo 506 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

El particular que obtiene un beneficio indebido usando información privilegiada obtenida de funcionarios públicos será castigado con prisión de seis meses a un año, multa de hasta tres veces el beneficio obtenido e inhabilitación de dos a cuatro años para contratar con el sector público y acceder a subvenciones. Si el daño a la causa pública o a terceros es grave, las penas se aumentan en una tercera parte.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Aprovechamiento de secreto o información privilegiada. El particular que obtiene un beneficio indebido para sí o para un tercero, como consecuencia del secreto o la información privilegiada que ha obtenido de un funcionario público o autoridad, debe ser castigado con las penas de prisión de seis (6) meses a un (1) año, multa por una cantidad igual o hasta tres (3) veces el beneficio obtenido o pretendido e inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la seguridad social durante un período de dos (2) a cuatro (4) años.

Si resulta grave daño para la causa pública o para tercero, las penas se incrementan en un tercio (1/3).