Artículo 534 del Código Penal de Honduras

En palabras simples

Los funcionarios o empleados públicos que tienen el deber legal de contener una rebelión y no utilizan los medios legales disponibles para hacerlo cometen una infracción grave. Esta conducta se sanciona con prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para ejercer cargo público entre cuatro y seis años.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Infracción del deber de resistencia. Los funcionarios o empleados públicos que estando obligados por razón de su cargo o funciones, no utilizan los medios legales a su alcance para contener una rebelión, deben ser castigados con la pena de prisión de dos (2) a cuatro (4) años e inhabilitación especial para cargo u oficio público por tiempo de cuatro (4) a seis (6) años.