Artículo 572 del Código Penal de Honduras
En palabras simples
La desobediencia grave a la autoridad, funcionarios o empleados públicos en el ejercicio de sus funciones es punible con prisión de seis meses a dos años, siempre que no se encuentre tipificada en otros artículos del código. Esta norma protege la capacidad de los servidores públicos para ejercer sus funciones sin obstáculos y castiga el incumplimiento deliberado de sus órdenes legales.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Desobediencia. Quienes sin estar comprendidos en los artículos anteriores, desobedecen gravemente a la autoridad, funcionarios o empleados públicos en el ejercicio de sus funciones, deben ser castigados con las penas de prisión de seis (6) meses a dos (2) años.