Artículo 153 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El secretario es responsable de formar, conservar y asegurar los expedientes, garantizando que los folios estén numerados de forma consecutiva sin espacios ni interrupciones. Debe verificar que todas las actas de actuaciones judiciales sean debidamente firmadas y selladas por el juez o magistrado y por quienes intervengan en ellas, dando fe de su contenido y cumpliendo las demás obligaciones legales que le correspondan.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Expedientes. El secretario es responsable de la formación, conservación y seguridad de los expedientes. Cuidará, además, de que la numeración sea correlativa y sin intercalación de los folios, y de que las actas que contienen actuaciones judiciales sean firmadas y selladas por el juez o magistrado y por los que intervengan en ellas; dará fe de su contenido y cumplirá las demás obligaciones que la ley le señale.