Artículo 262 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Cuando un representante de una persona jurídica debe declarar en juicio pero no participó en los hechos del pleito, debe informarlo al juez previamente e identificar a la persona que actuó en su nombre para que sea citada a declarar. El representante puede responder según sus conocimientos sobre hechos en los que no intervino, pero debe identificar a quien sí intervino, y si no puede hacerlo sin justificación razonable, el juez lo considerará como una negativa a declarar con las consecuencias legales correspondientes.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Interrogatorio a representantes de persona jurídica.
Cuando deba declarar el representante de una persona jurídica o ente sin personalidad y no hubiera intervenido en los hechos objeto de pleito, deberá poner en conocimiento del juez o tribunal tal circunstancia en la audiencia preliminar en el proceso ordinario, o previamente a la audiencia en el proceso abreviado, y facilitar la identidad de la persona que intervino en nombre de la persona jurídica o entidad interrogada, para que sea citada al juicio.En tal caso, el representante podrá solicitar que la persona identificada sea citada en calidad de testigo si ya no estuviera vinculado con la persona jurídica o ente sin personalidad.Cuando alguna pregunta se refiera a hechos en que no hubiese intervenido el representante de la persona jurídica o ente sin personalidad, responderá según sus conocimientos, dando razón de ciencia e identificará a la persona que, en nombre de la parte, hubiere intervenido en aquellos hechos.Si no diera tiempo a citar a dicha persona para la audiencia por causa no imputable a la parte que la hubiera propuesto, la prueba podrá practicarse en la segunda instancia.Si se manifestase sin explicación razonable desconocer la persona que intervino en los hechos, el juez o tribunal considerará tal manifestación como respuesta evasiva o resistencia a declarar, con los efectos previstos en este Código para la negativa a declarar.