Artículo 343 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El perito puede solicitar al tribunal que declare al final del proceso que una tacha en su contra carece de fundamento si esta afecta su reputación profesional o personal. El tribunal considerará la tacha y su posible refutación al momento de valorar la prueba pericial. Si el tribunal encuentra que la tacha fue formulada con temeridad o deslealtad procesal, puede imponer una multa de uno a tres salarios mínimos a la parte responsable, previa audiencia.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Análisis y decisión de la tacha.

Si la tacha menoscabara la consideración profesional o personal del perito, podrá este solicitar del tribunal que, al término del proceso, declare, mediante providencia, que la tacha carece de fundamento.El tribunal tendrá en cuenta la tacha y su eventual negación o contradicción en el momento de valorar la prueba.Si el tribunal apreciase temeridad o deslealtad procesal en la tacha, a causa de su motivación o del tiempo en que se formulara, podrá imponer a la parte responsable, con previa audiencia, una multa de uno (1) a tres (3) salarios mínimos.