Artículo 519 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El Artículo 519 autoriza a los jueces a ordenar medidas cautelares cuando hay indicios de competencia desleal o su amenaza inminente, permitiendo detener provisionalmente el acto ilícito, prohibir interrupciones de prestaciones en curso e implementar otras medidas necesarias para evitar daños y repeticiones del mismo acto. Estas medidas tienen tramitación prioritaria y pueden adoptarse sin escuchar a la parte contraria si existe peligro grave e inminente, debiendo dictarse dentro de veinticuatro horas de presentada la solicitud. El juez del lugar donde se producen los efectos de la competencia desleal es competente para adoptar medidas antes de la demanda, pero una vez presentada esta, solo el juez que conoce del caso principal será competente respecto a todas las medidas.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Medidas cautelares.

Cuando existieren indicios de la realización de un acto de competencia desleal, o la inminencia del mismo, el juez, a instancia de persona legitimada y bajo la responsabilidad de esta, podrá ordenar la cesación provisional de dicho acto, o la prohibición temporal de interrumpir o cesar en la realización de una prestación que viniera llevándose a cabo, y decretar las demás medidas cautelares que resulten pertinentes.Igualmente, podrán acordarse las medidas necesarias para impedir las consecuencias de los actos ilícitos y para evitar la repetición de los mismos.Las medidas previstas en el numeral anterior serán de tramitación preferente. En caso de peligro grave e inminente podrán adoptarse sin oír a la parte contraria y deberán ser dictadas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la presentación de la solicitud.Si las medidas se solicitan antes de la demanda, también será competente para adoptarlas el juez del lugar donde el acto de competencia desleal produzca o pueda producir sus efectos.No obstante, una vez presentada la demanda principal, el juez que conozca de ella será el único competente en todo lo relativo a las medidas adoptadas.