Artículo 554 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El demandante que ejerce derecho de retracto debe acompañar a su demanda documentos que prueben el fundamento de su derecho, así como el comprobante de haber consignado el precio de la cosa o, en su defecto, una garantía que asegure dicha consignación cuando el precio sea conocido. Este requisito es obligatorio cuando la ley o el contrato exijan que el precio esté consignado para que el retracto sea válido.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Documentos a acompañar a la demanda. Se habrán de acompañar a la demanda los documentos que constituyan un principio de prueba del título en que se funden el retracto y, cuando la consignación del precio se exija por ley o por contrato, el documento que acredite haber consignado, si fuere conocido, el precio de la cosa objeto de retracto o haberse constituido caución que garantice la consignación en cuanto el precio se conociere.