Artículo 555 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
El proceso ordinario es el medio para demandar la responsabilidad civil por daños causados por jueces, magistrados y fiscales en el ejercicio de sus funciones. La competencia para conocer estas demandas corresponde al tribunal que se encuentra en el nivel jerárquico inmediatamente superior al del funcionario judicial o fiscal demandado.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Objeto y competencia.
A través del proceso ordinario se conocerán las pretensiones en las que se exija la responsabilidad por daño civil causado por los jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial, así como por miembros del Ministerio Público, en el ejercicio de sus funciones, con las especialidades previstas en los artículos siguientes.La competencia para conocer de estos procesos corresponde al tribunal jerárquicamente superior al que hubiere incurrido en responsabilidad.