Artículo 560 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Toda demanda de responsabilidad civil debe acompañarse de documentos que incluyan la sentencia o auto que causó el agravio, las actuaciones que demuestren la infracción legal o de procedimiento, y la sentencia firme que terminó el pleito, los cuales deben solicitarse al tribunal donde radiquen los autos. El tribunal está obligado a entregar estos documentos sin demora bajo su responsabilidad, y si transcurren diez días sin hacerlo, la parte puede interponer queja ante el tribunal que conocerá de la demanda para que se remitan los documentos o los autos originales. Si los documentos originales son necesarios para la ejecución de la sentencia, se pueden entregar copias del expediente o un testimonio al actor para que formule su demanda.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Documentos básicos de la demanda. Obtención.
A toda demanda de responsabilidad civil deberá acompañarse certificación o testimonio que contenga:La sentencia o auto en que se suponga causado el agravio.Las actuaciones que en concepto de la parte conduzcan a demostrar la infracción de ley, o del trámite o solemnidad mandados observar por la misma bajo pena de nulidad, y que a su tiempo se entablaron los recursos o reclamaciones procedentes.La sentencia firme que haya puesto término al pleito o causa.La certificación, testimonio o fotocopia autenticada a que se refiere el numeral anterior, se pedirá en el tribunal donde radiquen los autos.El tribunal deberá mandar, bajo su responsabilidad, que se facilite sin dilación dicho documento, pudiendo acordar que se adicionen los particulares que estimare necesarios para que resulte la verdad de los hechos.Si transcurrieren diez (10) días, a contar desde la presentación del escrito, sin que se hubiere entregado a la parte la certificación o testimonio, podrá esta acudir en queja al tribunal que deba conocer de la demanda, el cual hará al inferior las prevenciones oportunas para que le remita dicho documento en un breve plazo, o le reclamará los autos originales, si lo estima más conveniente y no fueren necesarios para la ejecución de la sentencia.En estos casos, se podrán entregar copias del expediente al actor, o se le entregará el testimonio para que formule su demanda.