Artículo 693 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

Los plazos para interponer recursos contra una resolución comienzan a contar desde el día siguiente al de su notificación, o desde el día siguiente a la notificación de cualquier aclaración que se haya solicitado sobre la misma. Esto significa que el día en que se notifica la resolución no se cuenta, sino que el plazo inicia al día siguiente de haberse comunicado oficialmente la decisión.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Cómputo de los plazos. Los plazos para recurrir se contarán siempre a partir del día siguiente de la notificación de la resolución que se pretenda impugnar, o del siguiente a la notificación de su aclaración.