Artículo 696 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El recurso de reposición que se presenta por escrito debe ser admitido a trámite, luego de lo cual se otorga un plazo de tres días a las partes para que presenten sus escritos de oposición. Este plazo es común para todas las partes interesadas en el procedimiento.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Oposición. Admitido a trámite el recurso de reposición que se hubiere interpuesto por escrito, se concede dentro del plazo tres (3) días comunes a las partes para formular escrito de oposición.