Artículo 719 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El recurso procede cuando se cuestiona la aplicación o interpretación incorrecta de las normas procesales relacionadas con la jurisdicción, competencia, adecuación del procedimiento, actos procesales y garantías que causen nulidad o indefensión, así como la forma y contenido de la sentencia. También es procedente impugnar la aplicación o interpretación de las normas de derecho sustantivo que sirvieron para resolver el fondo del litigio.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Causales del recurso.

Se podrá impugnar la aplicación e interpretación de las normas procesales que regulan:La jurisdicción, competencia genérica, objetiva, funcional y adecuación de prodecimiento.Los actos y garantías procesales cuando su infracción suponga la nulidad o produjera indefensión.La forma y contenido de la sentencia.Igualmente, se podrá impugnar la aplicación e interpretación de las normas de derecho empleadas para la solución de fondo del litigio.