Artículo 720 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

El recurso de casación no permite revisar los hechos ni la interpretación de las pruebas que ya fueron evaluadas en la instancia. No obstante, excepcionalmente se puede solicitar en casación que se controle si los hechos que motivaron la sentencia realmente existen, son suficientes, lógicos y racionales, siempre que esos hechos hayan sido determinantes para el resultado del fallo.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Exclusión de la revisión probatoria en casación.

Por medio del recurso de casación no se podrá instar la revisión de los hechos ni la interpretación y valoración de las pruebas contenidas en las sentencias dictadas en la instancia.Sin embargo, y dentro del literal c) del numeral 1 del artículo anterior, se podrá solicitar en casación el control de la motivación fáctica de la sentencia para revisar su existencia, suficiencia, racionalidad y carácter lógico, siempre que este fuera determinante de un sentido diferente del fallo.