Artículo 733 del Código Procesal Civil de Honduras
En palabras simples
Una vez presentado el recurso de queja, el órgano competente verifica que cumpla los requisitos legales y lo resuelve en cinco días si es procedente, o lo rechaza si no los cumple. Si es necesario examinar otras actuaciones para resolver el recurso, pueden solicitarlas por fax u otro medio idóneo al tribunal que dictó la decisión recurrida, pero nunca podrán solicitar los autos principales, siendo las copias remitidas por los mismos medios de comunicación.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Tramitación.
Presentado el recurso de queja el órgano competente examinará si cumple los requisitos legales. De ser así, procederá a resolverlo sin más trámite en el plazo de cinco (5) días, sin perjuicio de lo establecido en el numeral siguiente. En caso contrario, lo rechazará.Si se considerara necesario para resolver el recurso el examen de otras actuaciones, las reclamará por fax u otro medio idóneo al tribunal que dictó el auto recurrido. En ningún caso se podrá reclamar la remisión de los autos principales. Las copias de las actuaciones reclamadas se enviarán igualmente por fax u otro medio apto para ello.