Artículo 741 del Código Procesal Civil de Honduras

En palabras simples

Cuando un demandado rebelde solicita una audiencia, esto no detiene la ejecución de una sentencia que ya es firme, excepto en los casos específicos que la ley establece para la ejecución de sentencias contra rebeldes.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Eventual suspensión de la ejecución. Las demandas de audiencia al rebelde no suspenderán la ejecución de las sentencias firmes que las motiven, salvo lo dispuesto en la ejecución para estos casos.