Artículo 110 del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

Si un imputado declarado rebelde se presenta voluntariamente y demuestra que no asistió por un impedimento grave y legítimo, el juez revocará la resolución de rebeldía y la orden de captura en su contra. Esta presentación voluntaria permite al imputado demostrar su justificación antes de enfrenar las consecuencias de la rebeldía.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Presentación voluntaria del imputado declarado rebelde. Lo dispuesto en el último párrafo del artículo anterior, no será aplicable si el imputado declarado en rebeldía se presenta voluntariamente y justifica que no concurrió debido a un grave y legítimo impedimento. En tal caso, se revocará la correspondiente resolución y la orden de captura.