Artículo 384 del Código Procesal Penal de Honduras
En palabras simples
La víctima tiene derecho a participar en el procedimiento de ejecución de la pena o medidas de seguridad, especialmente en decisiones relacionadas con la libertad del condenado, sin importar si se constituyó como acusadora privada durante el juicio. Este derecho permite que la víctima pueda intervenir y ser escuchada en asuntos que afecten directamente su seguridad y el cumplimiento de la condena impuesta.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Derechos de la víctima relacionados con la ejecución. La víctima tendrá derecho a intervenir en el procedimiento de ejecución de la pena o de las medidas de seguridad, en lo relativo a la libertad del condenado, ya se haya constituido o no, como acusadora privada.