Artículo 48 del Código Procesal Penal de Honduras

En palabras simples

Una vez que una sentencia declara que un tribunal no es competente para conocer un caso, ese tribunal debe enviar inmediatamente todos los documentos y pruebas al tribunal que sí sea competente. El tribunal que declara su incompetencia puede tomar medidas urgentes y necesarias mientras tramita la remisión del caso, y si hay varios procesos penales simultáneos contra la misma persona, se deben seguir las normas especiales de competencia.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Efectos de la admisión de la excepción de incompetencia. Una vez firme la sentencia que declara la incompetencia, el órgano jurisdiccional remitirá de oficio los antecedentes al que se considere competente y pondrá a su disposición las correspondientes pruebas o piezas de convicción. Lo anterior, no obstará para que adopte las medidas que considere urgentes y necesarias para la buena marcha del juicio. En caso de existir múltiple y simultánea persecución penal, se actuará de acuerdo con las normas que regulan las cuestiones de competencia.