Artículo 127 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

Toda persona tiene el derecho fundamental de trabajar, elegir libremente qué ocupación desempeñar y abandonarla cuando lo desee, siempre en condiciones de trabajo justas y adecuadas. El Estado debe garantizar la protección de las personas contra el desempleo, asegurando que nadie sea discriminado en el acceso al trabajo ni en las condiciones en que lo realiza.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Toda persona tiene derecho al trabajo, a escoger libremente su ocupación y a renunciar a ella, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.