Artículo 144 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
La ampliación del régimen de seguridad social a los trabajadores tanto urbanos como rurales se declara de utilidad pública, lo que significa que el Estado considera este objetivo como un bien común y prioritario para la sociedad hondureña. Esta clasificación como utilidad pública permite justificar medidas, inversiones y políticas destinadas a garantizar que todos los trabajadores, independientemente de su ubicación geográfica, tengan acceso a protección social.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Se considera de utilidad pública la ampliación del régimen de seguridad social a los trabajadores de la ciudad y del campo.