Artículo 15 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

Honduras adopta los principios del derecho internacional que promueven la solidaridad entre pueblos, el respeto a su autodeterminación, la no intervención en asuntos internos y el fortalecimiento de la paz y democracia a nivel mundial. Asimismo, el Estado hondureño reconoce como obligatorias y debe cumplir necesariamente las sentencias que dicten los tribunales arbitrales e instancias judiciales internacionales.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Honduras hace suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propenden a la solidaridad humana, al respeto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universales.

Honduras proclama como ineludible la validez y obligatoria ejecución de las sentencias arbitrales y judiciales de carácter internacional.