Artículo 151 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

La educación es una función fundamental del Estado que debe conservar y difundir la cultura sin discriminación alguna. La educación nacional será laica, basada en principios democráticos, promoverá sentimientos de identidad hondureña y deberá conectarse directamente con el desarrollo económico y social del país.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

La educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza.

La educación nacional será laica y se fundamentará en los principios esenciales de la democracia, inculcará y fomentará en los educandos profundos sentimientos hondureñistas y deberá vincularse directamente con el proceso de desarrollo económico y social del país.