Artículo 254 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
Los secretarios de Estado están obligados a presentar un informe anual al Congreso Nacional detallando las actividades realizadas en sus ministerios, el cual debe ser entregado dentro de los primeros quince días después de la instalación del Congreso. Este informe constituye un mecanismo de rendición de cuentas que permite al Congreso fiscalizar la gestión administrativa de cada cartera ministerial durante el período correspondiente.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
Los secretarios de Estado deben presentar anualmente al Congreso Nacional dentro de los primeros quince (15) días de su instalación, un informe de los trabajos realizados en sus respectivos despachos.