Artículo 268 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

Las instituciones descentralizadas están obligadas a presentar al Gobierno Central un informe detallado que incluya los resultados financieros del ejercicio anterior y el progreso físico y financiero de sus programas y proyectos en ejecución. La Secretaría de Finanzas y la Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa evaluarán estos informes y emitirán las observaciones y recomendaciones que consideren necesarias sobre la gestión de cada entidad.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las instituciones descentralizadas deberán presentar al Gobierno Central un informe detallado de los resultados líquidos de las actividades financieras de su ejercicio económico anterior.

Igualmente deberán presentar un informe sobre el progreso físico y financiero de todos los programas y proyectos en ejecución.

La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y la Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa, evaluarán los resultados de la gestión de cada entidad descentralizada y harán las observaciones y recomendaciones pertinentes.