Artículo 298 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
Las corporaciones municipales tienen independencia en el ejercicio de sus funciones propias, siempre que actúen dentro del marco legal establecido. Estas corporaciones son responsables ante los tribunales de justicia por cualquier abuso que cometan de manera individual o colectiva, además de estar sujetas a responsabilidad administrativa.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
En el ejercicio de sus funciones privativas y siempre que no contraríen las leyes, las corporaciones municipales serán independientes de los poderes del Estado, responderán ante los tribunales de justicia por los abusos que cometan individual o colectivamente, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa.