Artículo 327 del Constitución de la República de Honduras
En palabras simples
El Estado es responsable civilmente por los daños que cause, y los servidores públicos pueden ser responsables de manera solidaria en materia civil, además de poder enfrentar responsabilidades penales y administrativas por sus acciones. La ley se encargará de establecer las normas específicas que regulen estas diferentes formas de responsabilidad.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
La ley regulará la responsabilidad civil del Estado, así como la responsabilidad civil solidaria, penal y administrativa de los servidores del Estado.