Artículo 36 del Constitución de la República de Honduras

En palabras simples

Todas las personas hondureñas que han cumplido dieciocho años de edad adquieren automáticamente la condición de ciudadanas. Esta disposición establece que la mayoría de edad es el requisito fundamental para gozar de los derechos y deberes que corresponden a los ciudadanos en Honduras.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Son ciudadanos todos los hondureños mayores de dieciocho (18) años.