Gacetas de 2026

Diario oficial · 2026

La Gaceta N° 37,221 de Honduras

Esta edición trae reforma a Reglamento para la Constitución, Organización y Funcionamiento de las Comisiones Especiales del Colegio Médico de Honduras y reforma a Acuerdo SEDS Número 1014-2026 (delegación de atribuciones al Subsecretario de Estado en Asuntos Interinstitucionales).

Actualizaciones legales de esta Gaceta

Cada ficha explica un cambio publicado en este número y enlaza la ley vigente. Si buscas el articulado completo, abre el documento de esa ley — no esta edición.

  • Reforma
    Reforma a Reglamento para la Constitución, Organización y Funcionamiento de las Comisiones Especiales del Colegio Médico de Honduras

    La asamblea reformó el artículo 3 del Reglamento para ampliar el catálogo de comisiones especiales e incorporó cuatro artículos nuevos (41-A a 41-D) dedicados a la Comisión Especial de Género, y otros cuatro (41-E a 41-H) para la Comisión Especial de Médicos Jóvenes. La Comisión de Género, coordinada por el Fiscal de la Junta Directiva, tendrá siete miembros con representación paritaria de género. Sus funciones incluyen elaborar diagnósticos sobre brechas de género, promover derechos humanos de las mujeres, proponer reformas normativas, atender casos de acoso y violencia, impulsar campañas de sensibilización, diseñar programas de formación continua con enfoque de género, y coordinar acciones con comisiones análogas nacionales e internacionales. Las decisiones se toman por mayoría simple y se comunican a la Junta Directiva para aprobación e implementación. La Comisión de Médicos Jóvenes, integrada por nueve miembros coordinados por el Secretario de Acción Social y Laboral, definirá como médico joven a todo profesional de medicina colegiada que tenga hasta 40 años de edad al momento de incorporación o menos de diez años de ejercicio profesional continuo o discontinuo desde la obtención del título, lo que ocurra primero. La condición cesa automáticamente al cumplir 41 años o completar diez años de ejercicio. La Comisión de Médicos Jóvenes durará dos años en funciones, con posibilidad de una sola reelección (máximo cuatro años), tras lo cual deberá renovarse íntegramente. Sesionará ordinariamente al menos una vez al mes, con quórum de mitad más uno. Sus atribuciones comprenden realizar diagnósticos sobre situación sociolaboral, educativa, económica y gremial de médicos jóvenes; elaborar propuestas de reformas normativas y políticas institucionales; contribuir en formulación de políticas públicas de salud con enfoque juvenil.

Preguntas frecuentes sobre La Gaceta N° 37,221

¿Qué es La Gaceta N° 37,221 de Honduras?+

Es la edición N° 37,221 del diario oficial de Honduras. En esta página está el PDF de esa Gaceta y las actualizaciones legales que identificamos en ese número.

¿Qué reformas o leyes se publicaron en La Gaceta 37,221?+

Hay 1 actualización legal ligada a esta Gaceta. Cada ficha explica el cambio y enlaza la ley vigente. Ver todas las actualizaciones →

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