Diario oficial · 2026
La Gaceta N° 37,244 de Honduras
Esta edición trae reforma a Ley del Registro Nacional de las Personas, Exoneración de deuda por servicio de energía eléctrica a la Fundación de Niños Quemados de Honduras, Creación de la División Anti Extorsión y Asociaciones Terroristas de la Policía…
Actualizaciones legales de esta Gaceta
Cada ficha explica un cambio publicado en este número y enlaza la ley vigente. Si buscas el articulado completo, abre el documento de esa ley — no esta edición.
- ReformaReforma a Ley del Registro Nacional de las Personas
El decreto introduce tres cambios sustanciales a la legislación registral. Primero, reformula el numeral 12 del artículo 27 para permitir que registradores entreguen el Documento Nacional de Identificación (DNI) no solo al titular sino también a apoderados debidamente acreditados, representantes legales o personas mayores autorizadas por el titular mediante validación biométrica a través de un aplicativo tecnológico que disponga el Registro Nacional. Segundo, crea el artículo 89 que establece el Documento de Identificación de Niños, Niñas y Adolescentes (DINNA), un documento oficial, único, personal e intransferible obligatorio para todos los menores entre 6 y 17 años. El DINNA acredita identidad ante autoridades públicas y privadas, garantiza reconocimiento jurídico y acceso pleno a derechos fundamentales; puede incorporar elementos de seguridad y datos biométricos. El Registro Nacional establecerá procedimientos para su emisión y entrega garantizando acceso equitativo. Tercero, reforma el artículo 90 para exigir que los documentos de identificación contengan información para plena individualización del titular, elaborados con procedimientos técnicos actualizados que aseguren altos estándares de seguridad, calidad e intransferibilidad de datos, minimizando falsificación y alteración. El DINNA tendrá diseño específico con medidas de seguridad e información conforme a parámetros técnicos establecidos en el reglamento. Además adiciona el artículo 72-A sobre inscripción de defunciones de hondureños en el extranjero: pueden inscribirse ante agentes diplomáticos o consulares quienes remitirán certificación para que el Pleno de la Comisión Permanente del Registro Nacional autorice su incorporación en el Registro Civil del municipio de inscripción del nacimiento. Si no se realizó ante agentes diplomáticos o consulares, pueden inscribirse a petición de parte interesada ante el Registro Nacional con certificación de defunción debidamente legalizada emitida por autoridad competente del país donde ocurrió el fallecimiento. La norma rige…
Preguntas frecuentes sobre La Gaceta N° 37,244
¿Qué es La Gaceta N° 37,244 de Honduras?+
Es la edición N° 37,244 del diario oficial de Honduras. En esta página está el PDF de esa Gaceta y las actualizaciones legales que identificamos en ese número.
¿Qué reformas o leyes se publicaron en La Gaceta 37,244?+
Hay 1 actualización legal ligada a esta Gaceta. Cada ficha explica el cambio y enlaza la ley vigente. Ver todas las actualizaciones →
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