Artículo 1034 del Código Civil de Honduras
En palabras simples
El testamento debe conservarse junto con los documentos más valiosos de la embarcación y su otorgamiento debe constar registrado en el diario de navegación. De esta manera se garantiza la seguridad del documento y se deja constancia oficial de su existencia a bordo.
Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.
Texto vigente
El testamento se guardará entre los papeles más importantes de la nave, y se dará noticia de su otorgamiento en el diario.