Artículo 1086 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Los asignatarios forzosos, es decir, los herederos que tienen derecho a recibir obligatoriamente una porción de la herencia según la ley, conservan el derecho de ejercer acciones de reforma en contra de disposiciones testamentarias que los perjudiquen. Este artículo establece que las normas sobre sucesión no limitan ni eliminan las acciones legales que estos herederos pueden interponer para proteger sus derechos hereditarios.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Las disposiciones de este Título, se entienden sin perjuicio de la acción de reforma que la ley concede a los asignatarios forzosos.