Artículo 1184 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Las personas que carecen de capacidad legal para administrar sus propios bienes no pueden rechazar herencias universales ni bienes inmuebles o muebles sin obtener previamente una autorización judicial que analice los motivos de la repudiación. Esta restricción protege los intereses de personas incapaces al exigir control judicial sobre decisiones patrimoniales de gran importancia.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Los que no tienen la libre administración de sus bienes no pueden repudiar una asignación a título universal, ni una asignación de bienes raíces, o de bienes muebles, sin autorización judicial con conocimiento de causa.