Artículo 1227 del Código Civil de Honduras

En palabras simples

Cuando uno de varios herederos recibe su herencia bajo una condición que aún no se cumple, no puede exigir la división de la herencia mientras esa condición esté pendiente. Sin embargo, los demás herederos pueden proceder a repartir la herencia, siempre que garanticen adecuadamente al heredero condicional la parte que le corresponderá una vez que se cumpla su condición.

Resumen generado con IA. El texto legal que vale es el de abajo.

Texto vigente

Si alguno de los coasignatarios lo fuere bajo condición suspensiva, no tendrá derecho para pedir la partición mientras penda la condición; pero los otros coasignatarios podrán proceder a ella, asegurando competentemente al coasignatario condicional lo que, cumplida la condición, le corresponda.